El Comité Olímpico Internacional (COI) al conocer que el Comité Olímpico de Panamá (COP) no convocará a la Asamblea General Extraordinaria para el 16 de diciembre debido a una demanda de nulidad contra la Asamblea efectuada el pasado 30 de noviembre, exigió que se lleve a cabo la reunión en la fecha establecida de lo contrario esto dará lugar a sanciones por parte del COI.
Agrega que el COI se reserva el derecho a adoptar las medidas apropiadas en el momento oportuno después de la Asamblea General Electiva del 16 de diciembre 2012."Es lamentable observar que, por evidentes intereses personales, algunas personas siguen perturbando el proceso electoral y la resolución de los problemas de larga data que han afectado el Movimiento Olímpico y a los atletas en Panamá. Al hacerlo, automáticamente se descalifican, sin embargo, esto no pondría en tela de juicio el proceso que ha sido comandado por el COI".
Además, los representantes reales y legítimas del Movimiento Olímpico de Panamá son los que han participado en la Asamblea General de CNP el 30 de noviembre de 2012 como por la hoja de ruta de la COI y la Carta Olímpica. En consecuencia, el proceso de elección del CON de Panamá debe continuar como estaba previsto según la hoja de ruta del COI.
En vista de lo anterior, el COI exige que el CON de Panamá cumpla estrictamente y haga cumplir la hoja de ruta del COI y de las decisiones tomadas por la Asamblea General para celebrar la Asamblea General Electiva el 16 de diciembre de 2012. A tal efecto, se solicita que el Sr. Miguel Sanchiz Jr., en su calidad de presidente del CON, envíe una circular con el fin de informar a los miembros de los detalles logísticos (tiempo y lugar) y la agenda de la Asamblea Electiva NOC General del 16 de diciembre de 2012.
Añade la carta que si el Presidente del Comité Olímpico de Panamá no informa (por correo electrónico) a todos los participantes elegibles para esta Asamblea General Electiva de los detalles logísticos y la agenda antes del martes 11 de diciembre a las 11 am (hora de Panamá) a más tardar, el Sr. Melitón Sánchez Rivas, en su calidad de presidente de la comisión electoral y miembro del COI, se le pedirá que lo haga de forma inmediata.Por lo tanto, si el proceso electoral NOC del 16 de diciembre 2012 no se realiza correctamente, es decir, según la hoja de ruta de la COI y las decisiones de la Asamblea General de CNP el 30 de noviembre de 2012, esto sin duda daría lugar a sanciones por parte del COI incluido el riesgo de retirada del reconocimiento del CON de Panamá para las personas que están tratando de perturbar el proceso iniciado se les hace responsable.
La carta del COI firmada por Pere Miró, Director del Departamento de Relaciones del COI con los Comité Olímpicos Nacionales y Howard Stupp, Director del Departamento de Asuntos Legales del COI, fue enviada a Miguel Sanchíz Jr., presidente del COP, Fernando Samaniego, vicepresidente, Franz Wever, secretario general, así como copias a Jacques Rogge, presidente del COI, Melitón Sánchez Rivas, miembro del COI y Javier Tejeira, Director General de Pandeportes.
FUENTE: Arturo Bolvarán C.


